RECLAMACIÓN HIPOTECARIA
¡Infórmate de tus Derechos!
¿QUÉ PUEDO RECLAMAR?
A continuación le explicamos que puede reclamar. De forma resumida se puede reclamar de forma viable:
- Cláusula suelo (se suele ganar unos 8.000 euros de media).
- Gastos de hipoteca (se suele ganar entre 3.000 y 4.000 euros de media + interés legal).
- Hipotecas multidivisa
A continuación explicamos una a una todas las vías de reclamación y quien puede reclamar.
En NOUSURA le defendemos en la fase previa a la judicial en aras a intentar llegar a un acuerdo con la entidad de crédito y, posteriormente en la fase judicial a través de nuestro equipo de Abogados si dicho acuerdo no fuere viable o factible.
REVISAMOS SU CASO GRATIS
Revisamos su caso de forma gratuita indicándole si la reclamación es o no viable. Recibirá un correo electrónico en un plazo máximo de 72 horas laborales informándole del análisis de su caso con los siguientes pasos a seguir. Más abajo podrá ver el coste del procedimiento que ya le adelantamos, es gratuito en cuanto a los gastos de defensa letrada (abogado). Solo cobramos sí tú ganas.
¿Qué es una cláusula suelo?
Para entender la cláusula suelo hemos de situarnos en una hipoteca de tipo variable, estas suelen depender de un índice (por ejemplo, Euribor) más un porcentaje determinado. Esto conlleva que el tipo de interés varíe a favor o en detrimento del hipotecante o de la entidad bancaria (en algunos casos podría ser un 0,5 % en otros un 3 % etc.). No obstante, las entidades bancarias con la finalidad de evitar un perjuicio o detrimento en su postura, establecían unas cláusulas a través de las cuales si el interés variable era inferior a un determinado porcentaje el interés que debía pagarse era dicho porcentaje con indiferencia del interés variable que hubiese.
¿Qué quiere decir esto? Qué si el índice + porcentaje era igual a 1,5 % pero se había pactado una cláusula suelo del 2,5 % se pagaría un interés del 2,5 % independientemente. Solo cuándo el interés variable fuese superior a 2,5 % se pagaría el variable.
Esto se ha entendido por nuestro Tribunal Supremo que, pese a ser precio (y por tanto elemento esencial del contrato) es abusivo por falta de transparencia. Por ello, podrá reclamar todos los intereses pagados de más por su cláusula suelo. Lo que se suele ganar aproximadamente en un caso como este es entorno a 8.000 euros.
El art. 21.3 de la Ley 5/2019 de 15 de marzo prohibe las cláusulas suelo para los contratos posteriores a su entrada en vigor el 16 de julio de 2.019.
¿Qué es una hipoteca multidivisa?
Las hipotecas multidivisa son hipotecas a interés variable en el que el tipo de interés suele referirse a un índice que fluctúa pero además, el pago se efectúa en moneda distinta al euro, es por ello que las variaciones no se deberán exclusivamente al tipo de interés sino a la fluctuación de la divisa produciendo así una mayor variación en el interés.
Puedes recuperar lo pagado de más si el banco no te informó de forma clara y comprensible de las consecuencias de contratar esta modalidad de hipoteca.
¿Qué gastos hipotecarios puedo reclamar?
A lo largo del tiempo en la mayoría de las hipotecas que se celebraban era el hipotecante el que asumía todos los gastos de constitución de la hipoteca. Esto no debe ser así y, por tanto, los gastos deben repartirse (en hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2.019) de la siguiente forma:
- Factura de la notaría correspondiente al préstamo hipotecario: a medias.
- Gastos de tasación de la vivienda: la entidad bancaria.
- Factura de inscripción en el Registro de la Propiedad de la hipoteca: al banco.
- Si la gestoría es impuesta por el banco, los gastos le corresponden al mismo. Si es en favor de ambas partes, a medias.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: al hipotecante
Tras la entrada en vigor el 16 de junio de 2.019 de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (por tanto, hipotecas posteriores):
- Tasación: el hipotecante.
- Gastos de notaría, registro y asesoría: el banco.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: el banco.
PREGUNTAS FRECUENTES:
¿Puedo reclamar si la hipoteca ha sido cancelada? La respuesta es SÍ.
¿Puedo reclamar si he vendido el inmueble? La respuesta es SÍ.
¿Puedo reclamar si la hipoteca se ha novado? La respuesta es SÍ incluso aunque haya sido varias veces.
¡Reclama los gastos que hayas pagado de más!
¿Reclamáis hipotecas IRPH?
Desde NOUSURA no recomendamos reclamar hipotecas IRPH en este momento debido a la jurisprudencia contraria de nuestro Tribunal Supremo. Aún se está a la espera de nueva resolución por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
HONORARIOS TRANSPARENTES Y JUSTOS
CONDENA EN COSTAS
Sí se condena en costas a la entidad de crédito (para ello será necesaria la existencia de procedimiento judicial).Haremos nuestras las costas del proceso relativas a la defensa letrada con expresa renuncia del cliente.
El cliente tendrá Derecho a las costas ajenas a la defensa letrada se recomienda la lectura del art. 241 Ley de Enjuiciamiento Civil.
Los aranceles de procurador serán a costa del cliente (pudiendo el nombrar a uno de su confianza). No obstante, sí hay condena en costas tendrás Derecho a la parte que equivalga a procurador pues nosotros solo haremos nuestras las relativas a la defensa letrada.
SIN CONDENA EN COSTAS
Si no se condena en costas a la entidad de crédito o se llega a un acuerdo extrajudicial (y por tanto, no hay juicio).Haremos nuestro un 15 % + IVA de la cuantía que se haya recuperado en concepto de defensa letrada.
Los aranceles de procurador serán a costa del cliente. Si no hay condena en costas se deberá de abonar este arancel al procurador que se haya nombrado.
En el caso de que, en incumplimiento de lo dispuesto en la hoja de encargo, se ponga fin al servicio de forma previa se tendrá Derecho al cobro de la cuantía expresamente acordada.
¡A DIFERENCIA DE OTROS DESPACHOS NO COBRAMOS UNA CUOTA FIJA INICIAL!
¿Tienes más dudas? ¿Crees qué puedes ser un afectado? Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.
De forma gratuita analizaremos tu caso.